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Centro de Normas y Estándares

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31 normas

LATAM · ColombiaVigenteLey 2169 de 2021 — Ley de Acción Climática de ColombiaObligatoria · Ley

Establece el marco de acción climática de Colombia con metas de carbono neutralidad al 2050 y reducción del 51% de emisiones GEI al 2030 respecto al escenario BAU. Crea el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo y Cambio Climático, los Planes de Acción Sectorial de Mitigación y los instrumentos de planificación climática de largo plazo. Obliga a los sectores a definir metas sectoriales alineadas con la NDC y al reporte periódico de avances.

A quién aplica
Estado colombiano en todos sus niveles, sectores productivos, entidades públicas y privadas obligadas a reportar y contribuir a las metas nacionales de mitigación y adaptación
Temas
Metas climáticas, Carbono neutralidad, Marco regulatorio
Fechas clave
Promulgada el 22 de diciembre de 2021. Meta intermedia 2030: reducción del 51% de emisiones. Meta de largo plazo: carbono neutralidad al 2050.
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LATAM · ColombiaVigenteDecreto 926 de 2017 — Procedimiento de No Causación del Impuesto Nacional al CarbonoObligatoria · Decreto

Reglamenta el procedimiento para que los sujetos pasivos del impuesto al carbono (creado por la Ley 1819 de 2016) accedan al mecanismo de no causación al certificar ser carbono neutro. Exige: carta de solicitud con cantidad de combustible neutralizado y toneladas CO2e, soporte de cancelación voluntaria de créditos de carbono con seriales únicos (1 serial = 1 tCO2e), declaración de verificación emitida por OVV acreditado ante ONAC o MDL, y soporte de registro en RENARE. Los estándares admitidos incluyen VCS, Gold Standard, MDL y normas nacionales GTC275/NTC6208.

A quién aplica
Sujetos pasivos del Impuesto Nacional al Carbono (distribuidores mayoristas de combustibles fósiles) que deseen acceder al beneficio de no causación mediante compensación de emisiones con bonos de carbono certificados
Temas
Impuesto al carbono, Mercado de carbono, MRV
Fechas clave
Vigente desde 2017. Declaración bimestral del impuesto; solicitud de no causación presentada ante la DIAN junto con los soportes exigidos.
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LATAM · ColombiaVigenteResolución 1447 de 2018 — Sistema MRV de Acciones de Mitigación de ColombiaObligatoria · Resolución

Reglamenta el Sistema de Monitoreo, Reporte y Verificación (MRV) de acciones de mitigación a nivel nacional. Establece los requisitos para el Registro Nacional de Reducción de Emisiones (RENARE), los principios de adicionalidad, las reglas anti-traslape entre iniciativas, los tipos de verificación (primera y tercera parte) y las condiciones de elegibilidad de créditos de carbono para la no causación del impuesto al carbono. Define los alcances de acreditación de OVVs por sectores.

A quién aplica
Titulares de iniciativas de mitigación de GEI (proyectos REDD+, proyectos sectoriales, NAMAs) que busquen registro en RENARE, compensación de emisiones o reconocimiento en la contabilidad nacional de la NDC. Aplica a OVVs acreditados ante ONAC o la Junta Ejecutiva del MDL.
Temas
MRV, Mercado de carbono, Metas climáticas
Fechas clave
Vigente desde 2018. A partir de enero de 2020 solo se registran en RENARE reducciones con vigencias no mayores a 5 años atrás.
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LATAM · ColombiaVigenteReglas de Contabilidad NDC de Colombia — Versión 5.0 (2020)Marco de reporte

Define 10 reglas de contabilidad para asignar reducciones y remociones de GEI a los sectores cartera en el marco de la NDC. Entre las reglas: contabilidad a la cartera líder de la medida (regla 1); distribución acordada entre carteras conjuntas (regla 2); adicionalidad obligatoria con corte en 2015 (regla 6); vigencia máxima de 5 años para resultados contabilizables (regla 7); prohibición de doble contabilidad por traslape (regla 8); y exclusión de ITMOs transferidos internacionalmente (regla 9). Complementa la Resolución 1447/2018 y el Decreto 926/2017.

A quién aplica
Ministerios sectoriales y titulares de iniciativas de mitigación (programas, proyectos, NAMAs, REDD+) que reportan avances al cumplimiento de la NDC de Colombia ante la CICC (Comisión Intersectorial de Cambio Climático)
Temas
MRV, Metas climáticas, Mercado de carbono
Fechas clave
Versión 5.0, septiembre de 2020. Documento técnico en proceso de formalización; sujeto a actualización conforme avance el MRV nacional.
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LATAM · ArgentinaVigenteLey 27520 — Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático GlobalObligatoria · Ley

Establece presupuestos mínimos de protección ambiental para adaptación y mitigación al cambio climático en todo el territorio nacional (art. 41 CN). Crea el Gabinete Nacional de Cambio Climático presidido por el Jefe de Gabinete, el Plan Nacional de Adaptación y Mitigación (actualizable cada 5 años), y el Sistema Nacional de Información sobre Cambio Climático. Obliga a definir metas cuantitativas de reducción de GEI, a integrar el cambio climático en la planificación sectorial, y a presentar un informe anual al Congreso sobre avances.

A quién aplica
Todo el territorio nacional argentino; obliga a la Administración Pública Nacional y establece pisos mínimos ambientales que las provincias y la Ciudad de Buenos Aires deben cumplir en sus respectivas jurisdicciones
Temas
Metas climáticas, Marco regulatorio
Fechas clave
Sancionada el 20 de noviembre de 2019; promulgada de hecho el 18 de diciembre de 2019. Publicada en el Boletín Oficial el 20/12/2019 bajo el Nº 27.520.
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LATAM · BrasilEn transiciónLei 15.042/2024 — Sistema Brasileiro de Comércio de Emissões (SBCE)Obligatoria · Ley

Instituye el Sistema Brasileiro de Comércio de Emissões de Gases de Efeito Estufa (SBCE) bajo esquema cap-and-trade. Crea las Cotas Brasileiras de Emissões (CBEs) y los Certificados de Redução ou Remoção Verificada de Emissões (CRVEs). Establece el Plano Nacional de Alocação para fijar límites máximos por sector. Regula la interacción entre mercado regulado y voluntario, la titularidad de créditos en áreas rurales, indígenas y de conservación, y las sanciones por incumplimiento (multas de hasta 3-4% del facturación bruta). Los activos del SBCE son valores mobiliarios regulados por la CVM.

A quién aplica
Operadores (personas físicas o jurídicas) responsables de instalaciones y fuentes emisoras de GEI localizadas en Brasil: obligaciones de reporte desde 10.000 tCO2e/año y obligación de conciliación periódica desde 25.000 tCO2e/año. Excluye producción primaria agropecuaria.
Temas
Mercado de carbono, Metas climáticas, MRV
Fechas clave
Sancionada el 12 de diciembre de 2024. Fase I: 12 meses de regulación (desde dic. 2024). Fase III: reporte de emisiones obligatorio. Fase IV: primer Plano Nacional de Alocação con distribución de CBEs. Fase V: implementación plena del SBCE.
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LATAM · ChileVigenteLey 21.455 — Ley Marco de Cambio Climático de ChileObligatoria · Ley

Establece el marco institucional, instrumentos y procedimientos para alcanzar la neutralidad de emisiones de GEI al año 2050. Crea la Estrategia Climática de Largo Plazo, los Planes Sectoriales de Mitigación y Adaptación, y el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad. El artículo 14 habilita normas de emisión de GEI por sector/tecnología; el artículo 15 establece un sistema de compensación de emisiones mediante certificados de reducción o absorción. Incorpora principios de no regresión, justicia climática y participación ciudadana.

A quién aplica
Estado chileno en su conjunto: ministerios sectoriales, órganos de la administración pública, y sectores regulados sujetos a normas de emisión de GEI según el artículo 14. Aplica también a actores privados en el marco del sistema de compensación del artículo 15.
Temas
Metas climáticas, Marco regulatorio, Carbono neutralidad
Fechas clave
Promulgada el 30 de mayo de 2022; publicada el 13 de junio de 2022. Meta de neutralidad de GEI al 2050.
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LATAM · ChileEn transiciónReglamento del Sistema de Compensación de Emisiones — Art. 15 Ley 21.455 (Chile)Obligatoria · Decreto Supremo

Reglamenta el sistema mediante el cual los operadores sujetos a normas de emisión de GEI pueden cumplir su obligación utilizando certificados que acrediten reducción o absorción de GEI obtenidos por proyectos. Detalla los requisitos de los proyectos elegibles, el proceso de validación y registro de certificados, la prevención de doble contabilidad y los vínculos con el impuesto verde de la Ley 20.780. Es complementario al sistema de compensación de contaminantes locales ya existente. Aprobado por Decreto Supremo del Ministerio del Medio Ambiente en 2025.

A quién aplica
Establecimientos y fuentes emisoras sujetos a normas de emisión de GEI dictadas en virtud del artículo 14 de la Ley 21.455, que requieran compensar excedentes mediante certificados de reducción o absorción de emisiones
Temas
Mercado de carbono, MRV, Metas climáticas
Fechas clave
Decreto adoptado en sesión ordinaria del Consejo de Ministros para la Sustentabilidad del 19 de febrero de 2025. En proceso de publicación en el Diario Oficial al momento de su emisión.
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LATAM · ChileVigenteImplementación del Impuesto Verde en Chile — Art. 8° Ley 20.780 (Informe BCN)Obligatoria · Ley

El artículo 8° de la Ley 20.780 establece un impuesto anual a las emisiones de CO2 (equivalente a USD 5/tCO2 en la tarifa original), MP, NOx y SO2 de fuentes fijas con potencia ≥ 50 MWt. Las empresas deben declarar sus emisiones ante el SII mediante el Sistema de Ventanilla Única (RETC), monitorear conforme a protocolos de la SMA, y pagar en abril del año siguiente. Se permite un mecanismo de compensaciones para generadores cuyo costo unitario supere el costo marginal. El informe de la BCN (2018) documenta la recaudación del primer ejercicio: USD 297,9 millones totales en 2017.

A quién aplica
Establecimientos con fuentes fijas (calderas o turbinas) con potencia nominal igual o superior a 50 MWt, que emiten CO2, MP, NOx y SO2 al aire. También aplica impuesto diferenciado a la primera venta de vehículos livianos (fuentes móviles).
Temas
Impuesto al carbono, MRV
Fechas clave
Ley 20.780 publicada en 2014; impuesto a fuentes fijas en régimen desde el 1 de enero de 2017; primer pago en abril de 2018. Informe BCN elaborado en diciembre de 2018.
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LATAM · Costa RicaVigentePrograma País de Carbono Neutralidad 2.0 (PPCN 2.0) — Costa RicaPrograma nacional

Regula el reconocimiento gradual de la gestión de emisiones GEI por parte de organizaciones en Costa Rica, mediante cinco niveles: Carbono Inventario, Carbono Reducción, Carbono Reducción Plus, Carbono Neutral y Carbono Neutral Plus. Las organizaciones deben cuantificar su inventario de GEI (ISO 14064-1 o GHG Protocol), verificarlo por un OVV acreditado (ISO 14065), implementar reducciones y, para la neutralidad, compensar mediante CER, VER (Gold Standard, VCS) o Unidades Costarricenses de Compensación (UCC-FONAFIFO). Registro en el sistema de la Dirección de Cambio Climático del MINAE.

A quién aplica
Organizaciones públicas, privadas y sin fines de lucro de cualquier sector; municipalidades y concejos de distrito (categoría cantonal). Participación voluntaria.
Temas
Carbono neutralidad, MRV
Fechas clave
Programa original lanzado en 2012. PPCN 2.0 oficializado mediante Decreto Ejecutivo N° 41122-MINAE, publicado el 28 de mayo de 2018. Meta nacional: carbono neutralidad en 2021 (aspiracional) y máximo de 9,374 millones tCO2e netas al 2030.
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LATAM · MéxicoVigenteLey General de Cambio Climático de México (LGCC)Obligatoria · Ley

Ley de observancia general que establece disposiciones para enfrentar los efectos adversos del cambio climático. Regula las emisiones de GEI, crea el Sistema Nacional de Cambio Climático (SINACC), el Registro Nacional de Emisiones (RENE), el Fondo para el Cambio Climático y el Programa Especial de Cambio Climático. Promueve la transición a una economía de bajas emisiones de carbono y la contribución de México al Acuerdo de París. Fue modificada en 2018 para incorporar un sistema de comercio de emisiones piloto (ETS) en los sectores eléctrico e industrial. Última reforma publicada el 1 de abril de 2024.

A quién aplica
Todo el territorio nacional mexicano; obliga a la Federación, entidades federativas y municipios. Involucra a todos los sectores económicos relevantes para las emisiones de GEI.
Temas
Marco regulatorio, Metas climáticas, MRV
Fechas clave
Publicada en el DOF el 6 de junio de 2012. Reforma de 2018 incorporó el ETS piloto; sistema ETS piloto operativo desde 2020 por tres años. Última reforma: 1 de abril de 2024.
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LATAM · MéxicoVigenteReglamento de la LGCC en Materia del Registro Nacional de Emisiones (RENE) — MéxicoObligatoria · Decreto

Reglamenta el Registro Nacional de Emisiones (RENE) creado por la LGCC. Establece la obligación de reporte anual de emisiones y transferencias de GEI mediante la Cédula de Operación Anual (COA). Define los umbrales de reporte, los instrumentos de cuantificación, las metodologías aceptadas, los procedimientos de verificación de tercera parte, y las sanciones por incumplimiento. Publicado en el DOF el 28 de octubre de 2014.

A quién aplica
Personas morales y físicas con actividades, fuentes o instalaciones emisoras de GEI en territorio nacional que superen los umbrales definidos en el RENE. Aplica en particular a industria, energía, transporte y residuos.
Temas
MRV, Marco regulatorio
Fechas clave
Publicado en el DOF el 28 de octubre de 2014. Texto vigente con las reformas posteriores de la LGCC.
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LATAM · PanamáVigenteDecreto Ejecutivo 100-2020 — Programa Nacional Reduce Tu Huella (Panamá)Programa nacional

Reglamenta el Capítulo II del Título V del Texto Único de la Ley 41 de 1998 (Ley General de Ambiente) en materia de mitigación del cambio climático. Crea el Programa Nacional Reduce Tu Huella para la gestión y monitoreo del desarrollo económico y social bajo en carbono. Establece mecanismos de medición, reporte y reconocimiento de reducciones de emisiones GEI, y crea incentivos para la transición hacia una economía baja en carbono. El Ministerio de Ambiente (MiAMBIENTE) es la autoridad rectora del programa.

A quién aplica
Personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, que deseen participar voluntariamente en el Programa Nacional Reduce Tu Huella para gestionar y reducir su huella de carbono en el marco del desarrollo económico bajo en carbono de Panamá
Temas
Carbono neutralidad, MRV
Fechas clave
Publicado en la Gaceta Oficial Digital N° 29138-C del 20 de octubre de 2020.
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LATAM · PerúVigenteEl Mercado de Carbono en el Perú — Nota Técnica MIDAGRI 026-2024Informe de referencia

Nota técnica del MIDAGRI (noviembre 2024) que sistematiza el funcionamiento del mercado de carbono en Perú. Describe el marco legal vigente: Ley Marco sobre Cambio Climático (Ley 30754), Decreto Supremo 013-2019-MINAM y Decreto Supremo 010-2024-MINAM (Lineamientos RENAMI). El mercado opera principalmente de forma voluntaria mediante proyectos REDD+ (reducción de deforestación). Las URE (Unidades de Reducción de Emisiones) deben pasar por 7 etapas: formulación del DDMM, validación, inscripción en RENAMI, implementación, verificación, inscripción de URE y uso en mercado voluntario o regulado. Perú se comprometió a reducir 30% de sus emisiones al 2030.

A quién aplica
Referencia para actores del sector agrario y de riego; describe el marco nacional del mercado de carbono peruano aplicable a personas naturales y jurídicas que desarrollen proyectos de mitigación registrables en el RENAMI (Registro Nacional de Medidas de Mitigación)
Temas
Mercado de carbono, MRV
Fechas clave
Nota técnica publicada el 22 de noviembre de 2024. Decreto Supremo 010-2024-MINAM (lineamientos RENAMI) publicado el 12 de noviembre de 2024.
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LATAM · RegionalVigentePanorama de las Políticas de Precios al Carbono en LATAM y el Caribe 2025 — CEPALInforme de referencia

Publicación de la CEPAL (LC/TS.2025/77, 2025) que mapea, analiza y compara las políticas de precios al carbono vigentes en América Latina y el Caribe: impuestos al carbono, sistemas de comercio de emisiones (ETS), mercados voluntarios y mecanismos de compensación. Examina la efectividad de estos instrumentos en relación con las NDC nacionales y el Acuerdo de París. Elaborado en el marco del Programa EUROCLIMA (financiado por la UE) y la Red Iberoamericana de Oficinas de Cambio Climático (RIOCC). Proporciona lineamientos para fortalecer e implementar instrumentos de precios al carbono en la región.

A quién aplica
Informe de referencia regional dirigido a gobiernos, reguladores y sector privado de América Latina y el Caribe; analiza la efectividad de instrumentos de precios al carbono en la región y ofrece lineamientos para su implementación
Temas
Impuesto al carbono, Mercado de carbono, Metas climáticas
Fechas clave
Publicado en 2025. Complementa y actualiza el trabajo de 2024 'Política económica y cambio climático: fijación de precios del carbono en América Latina y el Caribe' (LC/TS.2024/58).
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Europa · UEEn transiciónCBAM — Mecanismo de Ajuste en Frontera por CarbonoMecanismo de mercado

Obliga a los importadores a declarar las emisiones de GEI incorporadas en los bienes importados y, a partir del 1 de enero de 2026, a adquirir y entregar certificados CBAM equivalentes a esas emisiones. El precio de los certificados sigue el precio del EU ETS. Durante la fase transitoria (oct. 2023 – dic. 2025) solo existen obligaciones de reporte trimestral sin pago. La primera declaración anual y entrega de certificados para importaciones de 2026 vence el 30 de septiembre de 2027. El mecanismo sustituirá gradualmente las asignaciones gratuitas del EU ETS en sectores CBAM entre 2026 y 2034.

A quién aplica
Importadores de bienes intensivos en carbono procedentes de terceros países: cemento, electricidad, fertilizantes, hierro y acero, aluminio e hidrógeno (y productos derivados). A partir de 2026 deben estar registrados como declarantes CBAM autorizados. Exentos importadores con menos de 50 toneladas anuales de bienes cubiertos (umbral introducido por el paquete Ómnibus 2025).
Temas
Importaciones, Comercio de emisiones, Carbono en frontera
Fechas clave
Oct. 2023: inicio fase transitoria (solo reporte). 1 ene. 2026: inicio fase definitiva (obligaciones financieras). 31 mar. 2026: plazo límite para solicitar autorización de declarante. 1 feb. 2027: apertura plataforma central UE para compra de certificados. 30 sep. 2027: primera declaración anual y entrega de certificados. 2030: extensión prevista a todos los sectores del EU ETS. 2034: eliminación total de asignaciones gratuitas en sectores CBAM. Simplificación Ómnibus en vigor desde oct. 2025.
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Europa · UEVigenteEU ETS — Régimen de Comercio de Derechos de Emisión de la UEMecanismo de mercado

Las entidades cubiertas deben monitorizar, reportar y verificar sus emisiones anuales y entregar un permiso (EUA) por cada tonelada de CO₂ equivalente emitida. El sistema establece un tope global de emisiones que se reduce anualmente. La asignación se realiza principalmente por subasta (hasta 57% del cap) y, de forma decreciente, mediante asignaciones gratuitas por sectores en riesgo de fuga de carbono. Las multas por incumplimiento son de 100 €/tCO₂e más la obligación de reponer los permisos. Desde 2026, el régimen exige a las instalaciones planes de neutralidad climática para acceder a asignaciones gratuitas.

A quién aplica
Instalaciones industriales y de generación de energía (>20 MW capacidad térmica), operadores de aviación en el EEE y, desde 2024, empresas de transporte marítimo con buques >5.000 GT. Actualmente cubre ~35% de las emisiones totales de la UE. Participan los 27 EEMM más Islandia, Liechtenstein y Noruega. Vinculado al ETS suizo desde 2020; negociaciones en curso con el Reino Unido.
Temas
Comercio de emisiones, Tope y comercio, Descarbonización industrial
Fechas clave
2005: inicio. Fase 4: 2021–2030 (factor de reducción lineal: 4,3% anual 2024-2027, 4,4% desde 2028). 2024: inclusión del transporte marítimo. 2026: inicio de fase definitiva CBAM y eliminación progresiva de asignaciones gratuitas en sectores CBAM; inicio del Fondo Social para el Clima. 2028: inicio del EU ETS 2 (edificios y transporte por carretera). 2030: objetivo de reducción del 62% respecto a 2005. Jul. 2026: previsión de propuesta legislativa de revisión para el período post-2030. 2040: objetivo aprobado de reducción neta del 90% respecto a 1990.
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Europa · UEEn transiciónCSRD / ESRS E1 — Reporte Corporativo de Sostenibilidad: Cambio ClimáticoMarco de reporte

El estándar ESRS E1 exige divulgar: (1) el plan de transición climática alineado con 1,5°C; (2) políticas de mitigación y adaptación al cambio climático; (3) acciones y recursos para reducción de emisiones; (4) objetivos cuantificados de reducción de GEI (Scope 1, 2 y 3) con hitos mínimos a 2030 y 2050; (5) consumo y mix energético; (6) emisiones brutas Scope 1, 2 y 3 en tCO₂e; (7) créditos de carbono y remociones; (8) precio interno de carbono; y (9) efectos financieros de riesgos físicos y de transición. Todos los requisitos de ESRS E1 son obligatorios (no sujetos a evaluación de materialidad).

A quién aplica
Empresas sujetas a la Directiva CSRD (2022/2464): grandes empresas de interés público con >500 empleados (desde ejercicio 2024), grandes empresas con >250 empleados o >40 M€ de facturación o >20 M€ de activos (desde ejercicio 2025), y pymes cotizadas (desde 2026, con posibilidad de prórroga). El paquete Ómnibus de 2025 propone limitar el alcance inicial a empresas con >1.000 empleados y elevar otros umbrales, reduciendo significativamente el número de obligadas — estado aún sujeto a aprobación definitiva.
Temas
Reporting, Sostenibilidad corporativa, Huella de carbono
Fechas clave
Directiva CSRD en vigor: dic. 2022. ESRS adoptados como acto delegado: jul. 2023 (aplicación escalonada). Ejercicio 2024: primeras empresas obligadas (>500 empleados, EIP). Ejercicio 2025: empresas grandes (>250 empleados). Ejercicio 2026: pymes cotizadas (posible prórroga). Paquete Ómnibus 2025 (Comisión, feb. 2025): propone reducir el ámbito de aplicación y simplificar requisitos — pendiente de aprobación definitiva por Parlamento y Consejo.
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Europa · EspañaVigenteEspaña — RD 214/2025: Obligación de Huella de Carbono y Plan de ReducciónObligatoria · Real Decreto

Obliga a: (1) calcular anualmente la huella de carbono organizacional, incluyendo obligatoriamente los alcances 1 y 2 (alcance 3 voluntario), usando los factores de emisión del Registro MITECO; (2) elaborar un plan de reducción de emisiones con al menos un objetivo cuantificado de reducción en un horizonte mínimo de 5 años, compatible con el Acuerdo de París y la neutralidad climática a 2050; y (3) publicar la información de forma gratuita y accesible en la web corporativa dentro de los 6 meses posteriores al cierre del ejercicio. Las empresas con planes de reducción ya en curso pueden continuar si cumplen los requisitos del RD.

A quién aplica
Empresas con actividad en España obligadas a presentar el Estado de Información No Financiera (EINF) conforme al art. 49.5 del Código de Comercio y art. 262.5 de la LSC: en la práctica, sociedades con más de 250 trabajadores que además sean entidades de interés público, o que en dos ejercicios consecutivos superen al menos uno de estos umbrales: activo total >20 M€ o cifra de negocios >40 M€. Aplicable también a grupos con matriz en España (consolidado). Los grupos con matriz en otro EEMM pueden quedar exentos si la matriz cumple los requisitos.
Temas
Huella de carbono, Reporting, Planes de reducción
Fechas clave
RD 214/2025 publicado en BOE: 12 de abril de 2025. La obligación rige desde el ejercicio 2021 (según la Ley 11/2018 que da cobertura), pero la adaptación específica al RD 214/2025 debe incorporarse en el reporte correspondiente al ejercicio 2025, presentado en 2026. La transposición de la Directiva CSRD (2022/2464) podrá modificar estos requisitos.
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Global · GlobalVigenteISO 14064-1 — Inventarios de GEI (organización)Marco de reporte

Establece principios y requisitos para diseñar, desarrollar, gestionar y reportar inventarios de GEI a nivel de organización. Define cómo delimitar los límites organizacionales y operacionales, identificar fuentes y sumideros de GEI, seleccionar factores de emisión y calcular emisiones de los seis gases del Protocolo de Kioto. Requiere documentación de la metodología, gestión de la calidad de los datos y declaración de cualquier exclusión relevante.

A quién aplica
Organizaciones de cualquier sector y tamaño que deseen cuantificar y reportar sus emisiones de GEI a nivel corporativo.
Temas
Inventario GEI, Reporte corporativo
Fechas clave
ISO 14064-1:2018 (segunda edición, vigente)
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Global · GlobalVigenteISO 14064-2 — Cuantificación de reducciones/remociones (proyectos)Marco de reporte

Define los requisitos para cuantificar, monitorear y reportar las reducciones de emisiones o mejoras en las remociones de GEI atribuibles a un proyecto específico. Exige establecer una línea base creíble, identificar y cuantificar fugas (leakage) y calcular las reducciones netas verificables. Es la base técnica para proyectos que buscan generar créditos de carbono en mercados voluntarios o regulados.

A quién aplica
Desarrolladores de proyectos y programas de reducción o remoción de GEI (eficiencia energética, forestación, energías renovables, etc.).
Temas
Inventario GEI, Reducción de emisiones
Fechas clave
ISO 14064-2:2019 (segunda edición, vigente)
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Global · GlobalVigenteISO 14064-3 — Verificación y validación de declaraciones de GEIMarco de reporte

Establece los principios y requisitos que deben seguir los verificadores y validadores al evaluar declaraciones de GEI preparadas conforme a las partes 1 y 2 de la serie ISO 14064. Cubre la planificación del proceso de aseguramiento, la evaluación de riesgos de error material, los procedimientos de muestreo y la emisión de la declaración de verificación o validación con el nivel de certeza correspondiente (razonable o limitada).

A quién aplica
Organismos de verificación/validación, auditores y organizaciones que requieran aseguramiento independiente de sus declaraciones de GEI.
Temas
Verificación
Fechas clave
ISO 14064-3:2019 (segunda edición, vigente)
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Global · GlobalVigenteISO 14067 — Huella de carbono de productosEstándar voluntario

Define los principios, requisitos y directrices para cuantificar la huella de carbono de productos (PCF) usando un enfoque de análisis de ciclo de vida (ACV) parcial o completo. Exige definir el alcance del sistema (unidad funcional, límites del sistema), identificar todas las emisiones y remociones de GEI relevantes en el ciclo de vida y documentar la metodología en un informe de PCF que pueda ser verificado por terceros.

A quién aplica
Fabricantes, marcas y cadenas de suministro que deseen calcular y comunicar la huella de carbono de bienes o servicios a lo largo de su ciclo de vida.
Temas
Huella de producto
Fechas clave
ISO 14067:2018 (primera edición, vigente)
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Global · GlobalVigenteISO 14068-1 — Neutralidad de carbono (carbon neutrality)Estándar voluntario

Establece los principios y requisitos para que una organización, producto o proyecto alcance y declare la neutralidad de carbono. Exige cuantificar las emisiones de GEI conforme a normas reconocidas, demostrar un plan de reducción de emisiones alineado con trayectorias científicas y compensar las emisiones residuales con créditos de carbono de alta calidad. La norma pone especial énfasis en la transparencia y la no doble contabilización de compensaciones.

A quién aplica
Organizaciones, proyectos y productos que deseen declarar o demostrar la condición de carbono neutro de forma creíble y verificable.
Temas
Carbono neutralidad
Fechas clave
ISO 14068-1:2023 (primera edición, vigente)
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Global · GlobalVigenteGHG Protocol — Corporate Accounting and Reporting StandardMarco de reporte

Define cómo las empresas deben identificar, cuantificar y reportar sus emisiones de GEI en los tres alcances (Scope 1: emisiones directas; Scope 2: electricidad adquirida; Scope 3: cadena de valor). Establece principios de relevancia, exhaustividad, consistencia, transparencia y exactitud. Permite elegir entre enfoques de consolidación por control financiero, control operacional o participación accionaria. Es la base metodológica de los reportes CDP y de numerosos programas regulatorios.

A quién aplica
Empresas de cualquier tamaño y sector que deseen elaborar un inventario corporativo de emisiones de GEI; es el marco más utilizado a nivel mundial.
Temas
Inventario GEI, Reporte corporativo
Fechas clave
Edición revisada 2004 (vigente); proceso de actualización en curso al 2025
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Global · GlobalVigenteGHG Protocol — Scope 2 Guidance (electricidad adquirida)Marco de reporte

Actualiza y amplía las reglas del estándar corporativo para las emisiones de Alcance 2. Introduce la obligatoriedad de reportar bajo dos métodos simultáneamente: el método basado en la ubicación (factores de emisión promedio de la red) y el método basado en el mercado (contratos de energía, certificados de atributo energético como GOs o RECs). Establece criterios de calidad para los instrumentos contractuales y guía sobre cómo evitar la doble contabilización en mercados de energía renovable.

A quién aplica
Empresas que consumen electricidad, vapor, calor o frío adquiridos de terceros y deben reportar las emisiones de Alcance 2 de su inventario GHG Protocol.
Temas
Inventario GEI, Reporte corporativo
Fechas clave
Publicado en 2015 (vigente)
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Global · GlobalVigenteGHG Protocol — Corporate Value Chain (Scope 3) StandardMarco de reporte

Clasifica las emisiones de cadena de valor en 15 categorías de Alcance 3 (ej. bienes adquiridos, transporte y distribución, uso del producto vendido, fin de vida). Para cada categoría proporciona métodos de cuantificación (basados en gasto, actividad, producto o distancia) y criterios de materialidad para decidir qué categorías incluir. Permite usar datos primarios de proveedores o factores secundarios publicados, y exige comunicar la cobertura de los datos y las exclusiones.

A quién aplica
Empresas que deseen cuantificar y gestionar las emisiones indirectas en su cadena de valor (upstream y downstream), más allá de la electricidad comprada.
Temas
Alcance 3, Reporte corporativo
Fechas clave
Publicado en 2011 (vigente); guías de categorías complementarias publicadas en 2013
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Global · GlobalVigenteGHG Protocol — Mitigation Goal StandardMarco de reporte

Proporciona un marco para definir, contabilizar y reportar el progreso hacia metas de mitigación de GEI. Establece cómo separar y comunicar diferentes tipos de acción: reducciones de emisiones propias, compras de energía renovable, compensaciones y financiamiento climático. Busca evitar la confusión entre distintos tipos de créditos y garantizar que las metas declaradas sean coherentes, rastreables y verificables a lo largo del tiempo.

A quién aplica
Empresas y organizaciones que deseen comunicar y rastrear el progreso hacia metas de mitigación de GEI de largo plazo, incluyendo metas netas cero.
Temas
Metas/SBT, Reporte corporativo
Fechas clave
Publicado en 2023 (vigente)
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Global · GlobalVigenteGHG Protocol — Policy and Action StandardMarco de reporte

Ofrece métodos para estimar el efecto de políticas y medidas climáticas sobre las emisiones de GEI. Permite comparar un escenario de referencia (sin política) con un escenario de política para estimar la reducción atribuible. Cubre políticas de eficiencia energética, energías renovables, transporte y uso del suelo. Hace énfasis en la selección de la línea base, el manejo de la incertidumbre y la transparencia del análisis contrafactual.

A quién aplica
Gobiernos nacionales y subnacionales, agencias reguladoras y evaluadores de políticas públicas climáticas.
Temas
Inventario GEI, Reducción de emisiones
Fechas clave
Publicado en 2014 (vigente)
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Global · GlobalVigenteSBTi — Corporate Net-Zero StandardEstándar voluntario

Establece los criterios que deben cumplir las metas corporativas de largo plazo para ser validadas como alineadas con el objetivo de 1,5 °C del Acuerdo de París. Exige compromisos de reducción de emisiones de Alcances 1, 2 y 3 en un horizonte temporal hasta 2050 o antes. Distingue entre metas de corto plazo (near-term, ~5-10 años) y metas netas cero de largo plazo. Permite usar compensaciones solo para las emisiones residuales irreducibles, y solo mediante créditos de alta permanencia. La validación oficial es otorgada por SBTi tras revisión técnica de las metas declaradas.

A quién aplica
Empresas de cualquier sector y tamaño que deseen comprometerse con una trayectoria de reducción de emisiones alineada con la ciencia climática y declarar una meta neta cero validada.
Temas
Metas/SBT, Carbono neutralidad
Fechas clave
Versión 1.0 publicada en 2021; versión 2.0 en proceso de consulta pública (2024-2025)
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Global · GlobalVigenteSBTi — Metas basadas en la ciencia (near-term)Estándar voluntario

Define los criterios de ambición y cobertura que deben cumplir las metas de corto plazo para ser aprobadas por SBTi. Las metas deben cubrir al menos el 95 % de las emisiones de Alcances 1 y 2 y, si el Alcance 3 representa más del 40 % del total, también incluir metas de cadena de valor. Los ritmos de reducción deben ser coherentes con trayectorias de 1,5 °C (Alcances 1-2) o bien fundadas para Alcance 3. SBTi publica métodos sectoriales específicos (construcción, acero, cemento, finanzas, etc.) que complementan estos criterios generales.

A quién aplica
Empresas que deseen establecer y validar metas de reducción de GEI de corto plazo (5-10 años) alineadas con la ciencia climática, como parte o de forma independiente al compromiso neto cero.
Temas
Metas/SBT
Fechas clave
Criterios de validación actualizados continuamente; última versión de los criterios: 2023
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